La Cámara de Diputados aprobó este martes, por unanimidad, una reforma a la Ley General de Salud que prohíbe la venta de bebidas denominadas como ‘energéticas’ a menores de edad. La medida busca minimizar los riesgos asociados al consumo de estas bebidas en niños y adolescentes, quienes, según datos legislativos, se encuentran entre los principales consumidores de este tipo de productos.
La reforma, respaldada por 401 votos a favor y ninguna abstención ni voto en contra, incluyó una reserva importante que otorga a la Secretaría de Salud (Ssa) la facultad de determinar cuáles sustancias y mezclas serán consideradas como bebidas energéticas. Con este ajuste, la Ssa también podrá establecer las categorías de bebidas energetizantes que ameriten restricciones de consumo o comercialización en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, conforme a los estándares internacionales reconocidos.
La iniciativa aprobada modifica los artículos 215, 216 y 419 de la Ley General de Salud y define a las bebidas energéticas como aquellas que contienen ingredientes como cafeína, taurina, glucuronolactona, vitaminas del complejo B, azúcar y otros compuestos sintéticos. De acuerdo con lo declarado en tribuna, el consumo de estos productos puede generar riesgos sanitarios, especialmente en menores de edad, quienes por su etapa de desarrollo no han alcanzado la madurez fisiológica necesaria para tolerar los efectos de dichas sustancias.
En el debate parlamentario se citaron diversos estudios y argumentos, advirtiendo que la ingesta de bebidas energéticas puede inducir alteraciones en el ritmo cardiaco, presión arterial, patrones de sueño y salud emocional, e incluso se ha asociado su consumo a crisis de ansiedad, insomnio, trastornos de concentración y, en combinación con alcohol o actividad física extrema, a riesgos más graves para la salud. Las exposiciones de partidos coincidieron en subrayar la importancia de proteger la salud infantil y adolescente por encima de intereses económicos o publicitarios.
Como parte de los cambios, también se establece que los establecimientos comerciales deberán exigir la presentación de una identificación oficial para verificar la mayoría de edad antes de vender estas bebidas a un consumidor. Asimismo, la reforma prevé la implementación de campañas informativas, coordinadas entre autoridades sanitarias y educativas, para advertir sobre los riesgos del consumo de bebidas energéticas en menores y otros grupos vulnerables.
La minuta fue enviada al Senado para su discusión y eventual aprobación, etapa en la que la legislación podría ser retomada o ajustada para su entrada en vigor.

